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sábado, 18 de abril de 2015

Observaciones al Plan Maestro de Desarrollo Ecoturístico para Playa el Agua, Estado Nueva Esparta, Venezuela

Observaciones al Plan Maestro de Desarrollo Ecoturístico para Playa el Agua, Estado Nueva Esparta, Venezuela
Por Pedro A. Rosales

En la página del ministerio de turismo donde se presenta el plan se dice que este tiene como objetivo: "Convertir a Playa El Agua en una referencia del Turismo Sostenible en Venezuela, recuperando sus condiciones ambientales, mejorando y ampliando la oferta turística e incluyendo a la comunidad al proceso productivo de la actividad turística en esta zona".

En primer lugar, hay que reconocer que la idea de hacer de Playa el Agua un lugar de gran atractivo turístico y que el trabajo de arquitectura y paisajismo son muy buenos, sobre todo al ver las imágenes que se presentan para ilustrar el proyecto al que se hace referencia.
Coloco algunas imágenes de lo que entiendo es el proyecto definitivo.






Sin embargo, luego de revisar el documento anexo en la página y ver algunas de las imágenes de la situación futura, me gustaría realizar algunas observaciones que se le pueden hacer a este proyecto tal y como se presenta  y que son las siguientes:

En primer lugar:
1) La construcción sobre el sistema dunar (orilla) puede afectar la alimentación de la playa de sedimentos y afectar el balance sedimentario de ésta y otras playas aguas abajo, es decir, en sentido de la deriva predominante. Esto puede causar la erosión de la playa hasta el punto de hacerla desaparecer, por supuesto no es de un día para otro, lo que si es cierto es que de no tomar las medidas necesarias para corregir este efecto, el hecho de construir el paseo marítimo de la forma que se presenta en estas imágenes, puede traer consecuencias a futuro que no solo saldrían mas costosas, sino que tambien podrían causar daños a las estructuras actuales y futuras, volviendo insostenible el proyecto, haciendo necesarias nuevas y cuantiosas inversiones en materia de proteccion del litoral, lo que lo modificaría cambiando sus actuales condiciones naturales y paisajísticas, disminuyendo su atractivo.

Posibles causas y motivos:
*Obstaculización de los procesos erosivos naturales en los que las dunas y acantilados dispersan la energía del oleaje al tiempo que sirven de suministro del material.
*Obstaculización de las corrientes de vientos que movilizan parte del material sedimentario.
*Al estar construidos muros, escolleras y demas obras de infraestructura duras, el efecto del oleaje se multiplica al provocar refraccion y reflexion del oleajeque aumenta la removilización de sedimentos y por tano las tasas de erosion costera.
*La destrucción y el pisoteo constante de la vegetación que sirve a la fijación de las dunas disminuye su capacidad de regeneración y su resiliencia ante los efectos de temporales.


De igual mamera la construcción en zonas de dunas aumenta la vulnerabilidad y el riesgo a sufrir daños debido a elevaciones del nivel del mar y riesgos costeros, siendo una de las principales causas de riesgo.

2) En este caso, la franja de Dominio Público de 80 m medidos a partir de la línea de más alta marea (contemplados en el art. 9 de la Ley de Zonas Costeras y el proyecto de Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras (POGIZC) Arts. 91-103) no se cumple en ninguno de los tramos de Playa el Agua como se puede observar en las siguientes imágenes:

De norte a sur:



 Las zonas costeras y especialmente el dominio público, son áreas estratégicas de aprovechamiento sustentable y estan reconocidas en la constitucion cuando dice en su Art. 127  que se reconoce las costas como espacios especialmente protegidos, así como la obligacion compartida de esta proteccion entre el Estado y la sociedad, protegiendo, entre otros, el ambiente y los procesos ecológicos.
Además la Ley contempla en su 
TITULO III
DE LA CONSERVACION DE LAS ZONAS COSTERAS
Artículo 19.
 En el dominio público de la franja terrestre de las zonas costeras quedan restringidas las siguientes actividades:
1. La construcción de instalaciones e Infraestructuras que disminuyan el valor paisajístico de la zona.
2. El aparcamiento y circulación de automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos de motor, salvo en las áreas de estacionamiento o circulación establecidas a tal fin, y las excepciones eventuales por razones de mantenimiento, ejecución de obras, prestación de servidos turísticos, comunitarios, de seguridad, atención de emergencias u otras que señale la ley.
3. La generación de ruidos emitidas por fuentes fijas o móviles capaces de generar molestias a las personas en las playas o balnearios, salvo aquellos generados con motivo de situaciones de emergencia, seguridad y defensa nacional.
4. La extracción de arena y otros minerales, así como las labores de dragado y alteración de los fondos acuáticos.
5. Otras que se prevean en la ley y en el Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras.
Por tanto cabe la duda de ¿cómo se va a construir un paseo marítimo en una distancia inferior a la antes mencionada, sabiendo que las consecuencias que puede traer son entre otras: la falta de arena destinada al aporte sedimentario de la playa o la alteración del normal desarrollo de lo procesos biológicos (de apareamiento, pautas alimenticias>mayor depredación, movimientos y migraciones) lo que al final se traduce en la pérdida natural y ecológica, ademas de contradecir practicamente todos los literales del articulado antes mencionado?
Por otra parte, numerosos estudios científicos elaborados tanto en España como en otros países, han puesto de manifiesto los efectos perniciosos de una iluminación mal diseñada sobre la fauna y la flora nocturnas. Estos efectos conciernen a aves (tanto migratorias como no migratorias), a mamíferos voladores y, sobre todo, a insectos nocturnos. Más del 90% de las especies de lepidópteros (mariposas) son de costumbres nocturnas, y de su existencia dependen muchas especies de plantas con flores que se abren de noche, así como multitud de depredadores. Al perturbar la vida de los insectos nocturnos se está desequilibrando la base de la cadena trófica.
Para facilitar la comprension de las áreas antes descritas y las establecidas en el plan y la Ley se presentan gráficos que ayudan a visualizar cada una de estas áreas.
Imágen del proyecto en la cuál se observa que la distancia dejada a la línea de más alta marea no corresponde con los 80 m, y se contradice el Art. 19 de la Ley de Zonas Costeras.
Fuente: http://www.mintur.gob.ve/mintur/blog/plan-maestro-de-desarrollo-ecoturistico-playa-el-agua/
  
Esquema de delimitación de las zonas costeras de Venezuela.
Fuente: Rangel Y., 2014
http://www.uam.es/personal_pdi/derecho/jarsey/1asignaturas/administrativo3/transparenciasda3/costas.jpg 
Esquema de delimitacion de la ZC y el Dominio público, servidumbres y limitaciones a la propiedad.
Fuente: http://www.uam.es
Conclusión: la construcción del paseo marítimo debe hacerse a partir de los 80 m establecidos como espacio de dominio público, en la franja intermedia entre el DP y la zona contigua (sobre parte de las edificaciones que se encuentran actualmente construidas).
3) Es recomendable evitar el embaulamiento de cursos de agua intermitentes y permanentes y permitir su integración a un sistema de espacios públicos que permitan realizar el seguimiento de sus caudales y su utilización como valor paisajístico y ambiental, a la ves que permitan la generación de ejes ecológicos.
4) De igual manera, se recomienda tratar de utilizar, en la medida de lo posible, vegetación autóctona o nativa, es decir, aquella vegetación que es propia del lugar o la región, ya que ésta ayuda a mantener la estabilidad de los ecosistemas y minimiza los costes de riego y mantenimiento, ya que tienen un menor riesgo de enfermedades, crean hábitats para la vida silvestre y fomentan la presencia de insectos y microorganismos nativos que benefician a las plantas al ayudarlas a mantenerse sanas sin usar fertilizantes y pesticidas químicos. Por otra parte, al estar adaptadas a las condiciones del medio, se adaptan mejor al suelo y al clima, lo que repercute en un consumo hídrico acorde a las precipitaciones de la zona, exigiendo un riego mínimo, al mismo tiempo que se evita la proliferacion de fauna y flora invasiva, causante de una buena parte de los problemas ambientales actuales.

Por supuesto, muchos queremos que todos estos proyectos se lleven a cabo pero tambien queremos que lo hagan de la mejor manera posible y sin comprometer el futuro de las nuevas y futuras generaciones.

Al respecto se pueden consultar los siguientes artículos:

http://en.wikipedia.org/wiki/Coastal_erosion
http://www.scientificamerican.com/article/what-causes-beach-erosion/
http://www.mde.state.md.us/assets/document/wetlandswaterways/shoreerostext.pdf
http://www.celfosc.org/biblio/general/gorosti17.pdf
https://www.elmarafondo.com/documents/10180/15205/gu%C3%ADa+did%C3%A1ctica+luz+en+el+mar/803661e7-fb08-423e-80bf-b7d56e0a8e08
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0036-36342010000500015
http://www.actionbioscience.org/esp/ambiente/longcore_rich.html

Tambíen puede consultar el trabajo de Ysnahi Rangel titulado Venezuela: Ordenación y gestión de las zonas costeras desde la visión integrada. Análisis del Decreto con Fuerza de Ley de Zonas Costeras y el Proyecto del Plan de Ordenación y Gestión Integrada de las Zonas Costeras de la RBV.


Fuentes:
http://www.mintur.gob.ve/mintur/blog/plan-maestro-de-desarrollo-ecoturistico-playa-el-agua/